FEB 182020 Lo anterior, derivado de la sentencia dictada en el juicio ciudadano TEEM-JDC-152/2018, en la que se determinó la obligación del Ayuntamiento de transferir a la Comunidad de Comachuén, para su administración directa, los recursos económicos que les corresponden en reconocimiento de sus derechos de autonomía, autodeterminación y autogobierno. En ese sentido, el Pleno del Tribunal determinó que, si como resultado de la reunión de trabajo se advirtiera la existencia de algún faltante, éste debería entregarse a la Comunidad de Comachuén, y en el supuesto de que se hubiera entregado algún excedente, éste debería ser reintegrado. |